Casación No. 354-2011

Sentencia del 13/08/2012

“...En el caso de mérito la casacionista invocó quebrantamiento substancial del procedimiento, contenido en el inciso 2º del artículo 622 del Código Procesal Civil y Mercantil, que regula como submotivos de procedencia “falta de capacidad legal o de personalidad de los litigantes, o de personería en quien los haya representado”; en este inciso se encuentran contenidos tres supuestos de hecho de diferente naturaleza, siendo éstos: a) falta de capacidad legal; b) falta de personalidad; y c) falta de personería. No obstante lo anterior, la interponente no indica de forma expresa a cuál de estos tres supuestos se refiere, pues cada uno tiene diferente naturaleza, sino por el contrario los argumentos los dirigió a atacar las excepciones perentorias que la Sala, a su juicio no analizó, y que según la casacionista por imperativo legal el Tribunal debió pronunciarse. Por lo que esta Cámara se encuentra imposibilitada de entrar a conocer lo que la recurrente quiso impugnar...”